Prohíbe la publicidad engañosa sobre descuentos con pago al contado, o sobrecargos por pagar con tarjetas y otros medios electrónicos. También se aprobió la obligatoriedad de provisión de agua en eventos masivos.
Tras un largo debate, en el que algunos diputados y diputadas pidieron la vuelta a comisión, la Cámara de Diputados de Salta dio media sanción ayer a un proyecto de ley que establece una serie de acciones para avanzar contra prácticas perjudiciales para el derecho del consumidor en la provincia.
La norma prohíbe la publicidad, anuncio o aviso de ofertas por pago de contado efectivo o de descuentos por pago en efectivo, y las comisiones, recargos o sobrecostos que se cobren por pagar con tarjetas de crédito, de compra, de débito, prepagas, transferencia bancaria, código de respuesta rápida (Código QR), billeteras virtuales y otros medios electrónicos de pago habilitados, y todo otro mecanismo encubierto que pueda inducir a consumidores o usuarios al error, engaño o confusión.
El proyecto se remite al artículo 37 inciso c) de la Ley nacional 25.065, de tarjeta de crédito, y en la resolución 51-E/2017 de la Secretaría de Comercio de la Nación, que prohíbe efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.
La iniciativa, que pasó al Senado en revisión, establece que los establecimientos comerciales de productos o servicios deben exhibir un código de respuesta rápida (Código QR) con un vínculo que remita a la página web de la Autoridad de Aplicación, en este caso la Secretaría de Defensa del Consumidor de la provincia, con el fin de que las y los consumidores puedan realizar la denuncia en caso de incumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente. Asimismo, propone que ante el incumplimiento, el infractor puede ser incluido en las sanciones previstas en la Ley nacional 24.240, de defensa del consumidor.
Por otra parte, el proyecto indica que la autoridad de aplicación debe instrumentar acciones de difusión e información destinadas a consumidores y usuarios; controlar que en los establecimientos comerciales de productos o servicios se exhiban en lugares visibles cartelería que indique que en tales operaciones se prohíbe efectuar diferencias de precios.
«Esta iniciativa tiene por objeto adoptar herramientas legislativas para proteger los derechos de consumidores y usuarios, adoptando una medidas complementarias a la normativa nacional vigente con la finalidad de establecer mecanismos tendientes a desalentar conductas abusivas y, a su vez, de fortalecer la educación para el consumo”, sostuvo al presentar el proyecto la diputada Laura Cartuccia, presidenta de la comisión de Defensa del Consumidor y una de las autoras de la iniciativa.
“Tanto nuestra Constitución Nacional como la Constitución Provincial protegen el derecho a la información adecuada y veraz, y también, la libertad de elección y las condiciones del trato equitativo y digno de los consumidores”, remarcó. Y añadió que “lo que se busca es incorporar a la legislación local una regulación propicia para poder evitar abusos y desalentar prácticas cotidianas que vulneran los derechos del consumidor”
Asimismo, recordó que la ley de defensa del consumidor “estipula que el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, información clara y detallada acerca de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”.
Tras pedir que se lea una nota de la Cámara de Comerico pidiendo ser consultada sobre esta iniciativa, la diputada Socorro Villamayor pidió la vuelta a comisión del proyecto, para que se escuche la opinión de comerciantes y consumidores. Además, planteó inconsistencias en el proyecto. Por ejemplo, con la obligación de exponer un código QR en los comercios, que no sería posible en el interior provincial, por falta de conectividad, sostuvo.
El diputado Luis Albeza defendió el proyecto, “es brindar un recurso más a los consumidores”, aseguró, mientras que Patricia Hucena acusó a los legisladores que se oponían al proyecto de estar haciendo «un acting».
Al final la iniciativa se aprobó con la abstención de las diputadas Mónica Mónica Juárez, Cristina Fiore y Socorro Villamayor, y los diputados Jorge Restom y Gustavo Pantaleón.
Hidratación en eventos masivos
La Cámara Baja también le dio media sanción a un proyecto de ley que establece que quienes organicen eventos masivos de más de 500 personas deben disponer de puestos de hidratación para la provisión de agua potable.
La normativa establece que la provisión de agua potable debe ser gratuita, libre, ilimitada y de fácil acceso, debiendo cumplir con los requisitos de aptitud para el consumo humano. Además, durante la realización del evento debe anunciarse la existencia y ubicación de los puestos de hidratación, que deberán estar distribuidos de acuerdo a la cantidad de personas que asistan.
El proyecto también establece multas para quienes infrinjan esta futura ley, que van desde un apercibimiento hasta multas graduables desde 2.500 hasta 10.000.} unidades tributarias.
El diputado Patricio Peñalba, uno de los autores de la iniciativa, explicó que se busca, en el contexto de los consumos problemáticos y excesos, que quienes asistan a eventos masivos puedan acceder al agua potable para de esa manera mitigar las consecuencias. “Ante este problema debemos apelar a la responsabilidad colectiva de las personas y de los organizadores de eventos, como así también, actuar como Estado para poder ayudar a mitigar las consecuencias de estos problemas mejorando la calidad de vida de las personas, y no fomentando el consumo problemático”, dijo el legislador.
La diputada Isabel De Vita, también autora de la iniciativa, sostuvo que es vital para proteger a las personas propensas a descompensación por consumos, fomentando el cuidado de salud de la población en general. El proyecto fue aprobado por unanimidad y pasó al Senado en revisión.
Además de estos dos proyectos de ley, se aprobaron tres proyectos de declaración, más un paquete de 13 proyectos de resolución y declaración, y una serie de pedidos de informes.