Posadas : Para el Ministro de Salud Dr. Oscar Alarcón y para el Gobierno Misionero , LA SALUD NO ES UN GASTO , ES UNA INVERSIÓN . No están de acuerdo con el cobro de un bono a los pacientes.

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Para el Misionerismo en general la salud de cada ciudadano es considerado una cuestión de estado por esa razón día a día los Diputados presentan proyectos de leyes que sustenten al mejoramiento de la calidad de vida de los misioneros como así el financiamiento estatal .En el marco macro económico del país, donde indudablemente hay dificultades, el impacto en todos los sectores que componen el funcionamiento social, el cuidado de la salud no esta excluido.


La financiación de los servicios prestados, requiere un fino análisis , reestructuración de estrategias para la provisión de asistencia sanitaria tanto privada como publica, acorde a las necesidades de la población.
Esto exige que las fuentes de financiación , como las prepagas y obras sociales, re vean proyecciones , actualicen costos ajustados al escenario complejo en el que estamos inmersos.
Por ellos apelamos al entendimiento mutuo, al dialogo entre las partes para evitar entrar el terreno del conflicto de intereses, donde las diferencias no resueltas solo conducen a una sangría de los mas débiles en favor de unos pocos.


Insistimos en que los entes financiadores antes mencionados mejoren los valores prestacionales en el menor tiempo posible teniendo en cuenta la realidad.
Por lo tanto la cartera sanitaria provincial enfáticamente manifiesta que no esta de acuerdo en la toma de decisiones apresuradas, trasladando de manera directa al usuario de todo el peso de una intrincada estructura administrativa financiera, impactando en la familia de modo inmediato en el cuidado de la salud.
Cuando se ha reconocido a la salud como un derecho humano universal y un factor clave del desarrollo humano sostenible. Así entonces, de ser necesario decididamente recurrirá a todas las herramientas al alcance en favor de la defensa de tal derecho, basados en la LEY XVII -º 58 (Antes Ley 4388) CAP. I DISP. Grles. ART 1.-: La presente Ley tiene como objetivo garantizar a todos los habitantes de la Provincia de Misiones el acceso al mejor nivel de salud y calidad de vida, en los términos de la Constitución Provincial, siendo sus disposiciones de orden público.


Que si bien el estado provincial a través de sus efectores se encuentra preparados para afrontar contingencias de este tipo. El sub-sector representado por las entidades privadas en este caso, son aliados ineludibles para el desarrollo de una sociedad sana, justa, con altos valores éticos/deontológicos.
Recordando además, que en momentos mas críticos de la humanidad, fue el estado provincial quien hizo de soporte financiero coadyuvando a que las empresas prestadoras de servicios sanitarios pudieran afrontar los empinados desafíos que padecieron, garantizado esto a través de inversiones millonarias. Encontrando un punto de equilibrio entre los distintos componentes de los eslabones de la cadena de servicios.
El Ministro de Salud de la provincia de Misiones tiene una postura muy firme en esta situación
» No estoy de acuerdo con la decisión de cobrar un bono adicional a pacientes de prepagas y obras sociales. Tampoco al blanqueo de situaciones irregulares que se vienen suscitando en forma solapada en muchos lugares. Esto llevará a que exista una desigualdad en la calidad de atención. El diálogo es clave para analizar la situación sin que el paciente deba afrontar incrementos a través de bonos».

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