Cuándo se paga el bono de $45.000 para adultos sin ingresos

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El presidente Alberto Fernández oficializó este jueves por decreto el refuerzo alimentario que se pagará en dos veces: la primera de $22.500 en noviembre y la segundo en diciembre.

El Gobierno nacional oficializó hoy un “refuerzo alimentario para adultos sin ingresos” de $45.000 a instrumentarse en dos pagos que serán otorgados a personas que se encuentren en situación de “extrema vulnerabilidad”, se informó.

La asistencia económica, destinada a adultos sin ingresos, fue firmada por el presidente Alberto Fernández fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, a través del Decreto 758/22.

Asimismo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) informó que quienes hayan sido aprobados para percibir bono, hasta el 7 de noviembre inclusive, cobrarán la primera cuota de $22.500 a partir del lunes 14 de noviembre, según terminación de DNI, en cuenta bancaria.

Mientras, se recordó que la inscripción para recibir el refuerzo alimentario sigue abierta para todas las personas que aún no llegaron a completarla. En estos casos, percibirán las cuotas de noviembre y diciembre en un solo pago de $45.000 el próximo mes, si cumplen con los requisitos.

El cronograma de pago quedó conformado de la siguiente manera:

• DNI terminado en 0: 14 de noviembre
• DNI terminado en 1: 15 de noviembre
• DNI terminado en 2: 16 de noviembre
• DNI terminado en 3: 17 de noviembre
• DNI terminado en 4: 18 de noviembre
• DNI terminado en 5: 22 de noviembre
• DNI terminado en 6: 23 de noviembre
• DNI terminado en 7: 24 de noviembre
• DNI terminado en 8: 25 de noviembre
• DNI terminado en 9: 28 de noviembre

A quiénes está destinado el bono

Para acceder al refuerzo alimentario, la ANSeS tendrá en cuenta a personas que no cuentan con ingresos, trabajo registrado (en relación de dependencia, autónomos, de casas particulares, monotributistas y monotributistas sociales) ni reciben prestaciones, asignaciones o programas sociales del Estado nacional, provincial o municipal.

La inscripción se puede realizar de manera presencial, en oficinas del organismo, sin turno previo, o en los operativos móviles de ANSeS; y de forma virtual con CUIL y Clave de la Seguridad Social.

Es decir, NO se pueden inscribir quienes perciban:

• Jubilaciones y/o pensiones contributivas o no contributivas (tanto nacionales como provinciales y municipales).
• Prestación por Desempleo.
• Potenciar Trabajo.
• Beca Progresar.
• Asignación por Embarazo para Protección Social.
• Programas Sociales (tanto nacionales como provinciales o municipales) o quienes tengan hijas y/o hijos que perciban la Asignación Universal por Hija e Hijo o Salario Familiar.

Asimismo, las personas que se inscriban deberán completar una declaración jurada, que será evaluada junto a sus consumos, bienes y patrimonio.

Es decir que no podrán tener registrado a su nombre: Rodados (automotores, motocicletas y otros) que tengan menos de 10 años de antigüedad; Inmuebles; Consumos de tarjeta de crédito y/o débito en los últimos 2 meses; Plazos fijos y bonos en los últimos 6 meses; Acreditación en cuentas bancarias en los últimos 2 meses; Compras en moneda extranjera en los últimos 6 meses; Obra social o prepaga; En el caso de personas de 18 a 24 años, el control socioeconómico se le realizará también a su grupo familiar.

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