Milei quiere disponer del dinero de los jubilados para otros fines

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De aprobarse la «Ley Ómnibus» presentada este miércoles en el Congreso, los activos del Fondo de Garantía de la ANSES pasarán a manos del Tesoro Nacional.

La “Ley Ómnibus” enviada por el Gobierno al Congreso prevé que todos los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formen parte del patrimonio del Tesoro nacional.

En su artículo 226, el proyecto impulsado por el Gobierno señala: “Dispóngase la transferencia de los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad creado por el Decreto 897/07 al Tesoro Nacional. Facúltase el Poder Ejecutivo Nacional a adoptar todas las medidas necesarias para la instrumentación de lo previsto en el presente artículo”.

El FGS fue creado en 2007 luego del proceso de estatización de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y el regreso del sistema previsional a manos del Estado. Entre sus activos hay tanto inversiones financieras como porciones accionarias de empresas líderes, que en su momento pertenecieron a las AFJP y desde la estatización quedaron en poder del Estado. A través de este fondo también se otorgan préstamos a provincias y a los beneficiarios del sistema previsional.

Según un informe emitido por ex titular de la ANSES, Fernanda Raverta, el FGS tenía a fines de noviembre un valor de 76.000 millones de dólares, aunque aclaró que esa valuación de sus activos se convirtió al tipo de cambio oficial de aquel momento.

El FGS puede ser utilizado “para pagar los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino y para hacer frente a los compromisos asumidos en la Ley 27.260 de Reparación Histórica, invirtiendo en proyectos e instrumentos que promuevan el desarrollo de la economía argentina y del mercado de capitales local de largo plazo”, según la ANSES.

Dentro de este apartado, también dispone la derogación de algunos artículos de la ley 24.241 que regula el Sistema Nacional de Jubilaciones y Pensiones, que establecían una serie de limitaciones y prohibiciones a la hora de invertir los fondos jubilatorios.

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